Proyectos
Criterios jurisprudenciales que desarrollan la Responsabilidad Médica en Colombia desde la Constitución de 1991
Resumen
La responsabilidad médica en Colombia es un tema que no se ha comportado de manera pacífica en nuestro ordenamiento jurídico, ya que tanto la responsabilidad civil médica como la responsabilidad médica estatal han tenido un desarrollo que ha oscilado de un enfoque a otro, sin obtener una posición clara y permanente que permita abordar el tema hoy en día de manera certera. En materia de responsabilidad médica del Estado se ha tenido por ejemplo que el Consejo de Estado, ha transitado -en materia probatoria en cuanto a la falla del servicio como título de imputación- desde la tesis de la falla probada, hasta la consideración que hace en nivel abstracto el ya vigente Código General del Proceso que irradia en materia de responsabilidad médica, la adopción de la carga dinámica de la prueba. Durante el interregno de esas dos posturas, se engendraron dentro de la alta corporación no pocas tesis adicionales a la falla probada del servicio, entre estas se encontraron: la falla presunta, la flexibilización del nexo causal, la falla del servicio por medio de la doctrina anglosajona acogida en Colombia (Res ipsa loquitur) y el daño desproporcionado. En cuanto a la responsabilidad civil médica es posible importar los debates que han surgido respecto de la responsabilidad civil que se pueden clasificar en tres grandes campos. El primero está referido a los elementos de la responsabilidad: el daño y las diferentes connotaciones que le han sido asignadas en virtud de la previsibilidad, evitabilidad y el riesgo previsto; la culpa o falla del servicio y; el nexo causal. En el segundo se encuentra el gran debate en cuanto a la naturaleza contractual o extracontractual de la responsabilidad civil médica atendiendo principalmente al rol que desempeña el consentimiento informado como manifestación de voluntad configurativa del consentimiento -elemento de existencia del contrato- y también a la responsabilidad por el hecho propio en contraposición a la responsabilidad por el hecho ajeno. Finalmente, se debe hacer alusión a las discusiones originadas en torno a la carga de la prueba, que en consecuencia refiera a asuntos complejos, tales como la categorización de la responsabilidad según el incumplimiento de una obligación de medio o de resultado, la prueba del nexo causal y la prueba de la culpa.
Convocatoria
Nombre de la convocatoria:CONVOCATORIA No. 30 DE 2016 PARA LA SELECCIÓN DE SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN I y II DE LA FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES
Modalidad:SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN I
Responsable